AYUNTAMIENTO DE GRANADA – INSTRUCCIÓN: CELEBRACIÓN DE ACTUACIONES EN VIVO EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA

En base al informe-propuesta elaborado por la Dirección General de Licencias y Disciplina, en que se expone el interés de numerosos establecimientos de celebrar actuaciones en vivo y/o musicales, la Concejalía Delegada Medio Ambiente, Licencias, Salud y Consumo del Ayuntamiento de Granada ha dispuesto una INSTRUCCIÓN por la que los establecimientos “cafeterías”, “Bares sin Música”, “Pubs” y “Bares con Música”, siempre que renuncien expresamente a la emisión de la música mediante equipos de reproducción sonora, podrán albergar actuaciones en vivo, mediante la ampliación de su actividad a  la de “auditorio”, previa tramitación de la calificación ambiental al efecto y la presentación de la correspondiente declaración responsable, exigiéndose en todo caso que quede acreditado que dispone del aislamiento establecido en el Decreto 6/2012 de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.

 

Se adjunta texto entero de la instrucción y el citado Decreto.

 

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