Se adjunta el Plan de Refuerzo a la Hostelería, el Turismo y el Comercio presentado por el Gobierno de España ayer, 22 de diciembre cuyo contenido es similar al citado RDL. También se adjunta la Nota de Prensa elaborada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo al Respecto.
Y se adjunta Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, publicado en el BOE Núm. 334 de 23 de diciembre de 2020, que es la norma que eleva a norma el citado Plan.
Resumen de Medidas contenidas en el Plan (y en el RDL):
1.- Medidas para reducir la carga de los alquileres que se aplican a grandes tenedores y al resto de arrendadores:
- Si el arrendador es un gran tenedor (10 o más locales) y las partes no llegan a un acuerdo, el arrendatario puede optar por:
- Reducción del 50% de la renda arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma, sus prórrogas y hasta un plazo máximo de cuatro meses adicionales desde la finalización del estado de alarma
- Moratoria en el pago de la renda arrendaticia durante el mismo plazo. El pago aplazado de las rentas se podrá realizar durante un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria
- Para el resto de arrendadores, se establece un incentivo fiscal para acordar voluntariamente rebajas en la renta arrendaticia de los meses de enero, febrero y marzo de 2021, permitiendo computar como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario la cuantía de la rebaja de la renta acordada durante estos meses. .
2.- Medidas de liquidez y solvencia
- Ampliación en la carencia de los préstamos avalados por las líneas ICO y por las sociedades de garantía recíproca de las distintas comunidades autónomas con reafianzamiento de CERSA, así como de su periodo de amortización.
- Creación de un nuevo tramo de línea de avales del ICO para pymes y autónomos del sector turístico, hostelería y actividades anexas dotada con 500M€, con hasta un 90% de garantía. Esta línea permitirá obtener financiación a empresas muy afectadas por el COVID-19 como las agencias de viajes. Se especifica que “las agencias de viaje y operadores turísticos y los servicios de reserva podrán utilizar la financiación avalada por el ICO para la devolución de los anticipos de clientes por viajes combinados y derechos de resarcimiento”.
- Creación de una Sociedad de Garantía Recíproca de carácter exclusivamente turístico para facilitar el acceso a la financiación mediante garantías.
3.- Medidas tributarias
- Nuevo aplazamiento de deudas tributarias relativas a declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones a octubre, para evitar posibles tensiones de Tesorería que puedan experimentar pymes y autónomos.
- Aumento de la reducción en la tributación por el sistema de módulos en el IRPF del 5% actual al 20% con carácter general para el año 2020. Para la hostelería, el comercio y el turismo, esta reducción en la tributación por módulos llegará al 35%.
- Otras medidas como la reducción del número de periodos impositivos afectados por la renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF, entre otros.
4.- Medidas laborales y Seguridad Social
- Se extienden las exenciones previstas en el Real Decreto-ley 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo a determinados sectores económicos que pasan a ser hiperprotegidos, como restaurantes y puestos de comidas y establecimientos de bebidas, entre otros.
- Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social (incluida en la Ley de PGE 2021), del que podrán beneficiarse empresas y autónomos y con un tipo de interés del 0,5%.
- Las empresas dedicadas a la hostelería, comercio y turismo podrán aplicar una bonificación del 50% de las cuotas a la Seguridad Social para la contratación de fijos discontinuos de abril a octubre de 2021.
5.- Medidas regulatorias
- Se flexibilizan los requisitos para el mantenimiento de los incentivos regionales (ayudas financieras que el gobierno concede a la inversión productiva para fomentar la actividad empresarial y paliar los desequilibrios interterritoriales).
- Se amplía la moratoria para presentar concurso de acreedores
- Se establece un régimen transitorio de las zonas de gran afluencia turística para 2021. Se utilizará la media de los tres años anteriores al 2020.
Se adjunta también un resumen que de este Real Decreto ha elaborado Hostelería de España.