Se adjunta:
– el borrador de la Orden por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimiento públicos en la comunidad autónoma de Andalucía.
– el borrador de la propuesta de modificación de los artículos 3 y 4 de la parte dispositiva del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, y de las definiciones contenidas en los Anexos de actividades y establecimientos de hostelería y esparcimiento, así como la incorporación de un epígrafe de “actividades singulares”.
Se ruega a los asociados remitan a la Federación las consideraciones a incorporar a los citados borradores, que serán analizadas en la próxima Mesa de Trabajo habilitada al efecto para su discusión.
Remitir a : federacion@hosteleriadegranada.es