JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE EMPLEO – CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2022 IMPULSO DE RECUPERACION Y GENERACIÓN DE EMPLEO ESTABLE (CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE DESEMPLEADOS)

Se informa que se ha abierto el plazo de solicitud de los Incentivos/Subvenciones dirigidos a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía que tienen por objeto reactivar el mercado de trabajo e impulsar la recuperación de empleo estable en Andalucía, a través de la concesión de subvenciones dirigidas a la contratación indefinida de personas desempleadas.

Serán subvencionables las contrataciones que se realicen desde el día 1 de abril de 2022 y hasta el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Podrán solicitar las subvenciones las personas trabajadoras, las empresas privadas (cualquiera que sea su forma jurídica), las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica. Las personas y entidades citadas deberán desarrollar su actividad en Andalucía.

Será concepto subvencionable la contratación laboral con carácter indefinido o fijo discontinuo de personas desempleadas, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior al 50% de la jornada completa.

Respecto a la cuantía de la subvención:

  • Será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado, a jornada completa, con una persona desempleada.
  • Cuando la persona contratada se encuentre en el grupo de edad de 45 o más años, la cuantía de la subvención será de 4.500 euros.
  • Cuando la persona contratada esté incluida en los Grupos de cotización I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice con una persona joven de hasta 30 años, la cuantía de la subvención será de 5.000 euros. Cuando concurran ambos supuestos a la vez, la cuantía será de 5.500 euros.  
  • Las cuantías establecidas en los apartados anteriores se incrementarán un 10%, cuando la persona contratada sea mujer, o cuando sea una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Cuando concurran a la vez ambos supuestos, el incremento será del 20%.
  • En el supuesto que la contratación indefinida se formalice a jornada parcial, o el contrato sea fijo discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención será el 50% de la cantidad resultante de lo establecido en los apartados anteriores. Si el contrato fijo discontinuo se suscribe a jornada parcial, la cuantía de la subvención será un 25% de dicha cantidad resultante.
  • A efectos de esta Orden, las personas con discapacidad serán consideradas aquéllas que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: se incluyen las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% que padezcan parálisis cerebral, trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, de conformidad con lo previsto en la letra c) del artículo 5 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
  • El requisito de la edad deberá cumplirse a la fecha de inicio de la actividad laboral.

El plazo de solicitud será desde el 04/10/2022 hasta el 18/11/2022 (o hasta agotarse el crédito si esta circunstancia ocurriese antes del finalizar el plazo de presentación).

La tramitación de la subvención se realiza online.

Se anota enlace a la información sobre estas ayudas en la web oficial de la Junta de Andalucía que, además de lo expuesto, incluye información sobre la documentación a presentar, requisitos, normativa de aplicación, formularios y enlace para la tramitación online.

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Con fecha 31 de octubre 2022, y mediante Nota Informativa, se ha procedido a la modificación de las condiciones de acceso a esta ayuda, y se amplían tanto los colectivos de posibles beneficiarios como el plazo de solicitud.  

La Consejería ha decidido extender la cobertura de estos incentivos, contemplando la posibilidad de que subvencionen tanto las nuevas contrataciones realizadas a personas desempleadas como las realizadas a trabajadores en activo que provengan de otras empresas. Además, el plazo para solicitar dichos incentivos se amplía hasta el día 2 de diciembre.

Se anota enlace a la página web de la Consejería que recoge estas novedades de la convocatoria de estas ayudas.

Asimismo, se adjunta la nota de prensa de la Delegación del Gobierno en Granada de la Junta de Andalucía que se ha difundido al respecto de estas modificaciones.

Y se adjunta la normativa (Orden de modificación de bases de 11 de noviembre de 2022 y Resolución de 11 de noviembre de 2022 que modifican ciertos aspectos de la Resolución original), publicada en el BOJA Número 218 de 14 de noviembre de 2022 que recoge estas modificaciones de las condiciones y requisitos de acceso a estas subvenciones.

Se resumen rasgos principales de estas ayudas tras las modificaciones citadas:

OBJETO:

-Subvenciones dirigidas a la contratación indefinida de personas desempleadas o que provengan de otras empresas.

-Contratación laboral con carácter indefinido o fijo discontinuo, tanto a tiempo completo, como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior al 50% de la jornada completa.

-Entre 3500€ y 5500€.

-Plazo solicitud: desde el 4 de octubre de 2022 hasta el 2 de diciembre de 2022.

Enlaces

Información Subvenciones Impulso Recuperación y Generación Empleo Estable Andalucía y acceso a trámite: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25089.html#toc-c-mo-realizar-el-tr-mite

 

Información que recoge las novedades de esta convocatoria: 

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/capacidad-empresarial/ayudas-empresas/paginas/ayudas-empleo-estable.html

 

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