JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE EMPLEO – DECRETO-LEY 27/2021, DE 14 DE DICIEMBRE, MEDIDAS DE EMPLEO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA PARA ANDALUCÍA

Se adjunta Decreto-ley 27/2021,de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

Publicado en el BOJA Número 241 de 17 de diciembre de 2021.

Este Decreto-ley tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones públicas dirigidas a financiar los programas y medidas implementados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así mismo, es objeto del presente Decreto-ley convocar las subvenciones destinadas a la financiación de los siguientes Programas y Medidas incluidas en el citado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados en el mismo:

  1. Línea 1: Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas.
  2. Línea 2. Programa Investigo.
  3. Línea 3. Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.
  4. Línea 4. Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables.
  5. Línea 5. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas. Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital.
  6. Línea 6. Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas: Transición del trabajo autónomo de la economía social hacia una economía verde y digital.

Como indica el artículo 72 del presente Decreto-ley, el plazo de presentación de las solicitudes para la concesión de las subvenciones reguladas en este Decreto-ley se establecerá en la correspondiente convocatoria.  

Específicamente para la Convocatoria 2021, y tal y como indica la Disposición adicional segunda del presente Decreto-ley, el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones convocadas en este Decreto-ley será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA.

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