Se adjunta Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
Publicado en el BOJA Extraordinario núm. 25, de 25 de marzo de 2021.
Se trata de un Decreto-ley muy amplio, que recoge normativa de diferente naturaleza.
Así mismo, se adjunta Extracto de la convocatoria de las subvenciones reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
(Publicado en BOJA Extraordinario núm. 26 de 29 de marzo de 2021.)
Tal y como indica la convocatoria de la subvención y el propio Extracto, relativo específicamente a la subvención recogida en el Capítulo II del Decreto-ley, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este extracto de la convocatoria, es decir, el plazo de 15 días hábiles empieza a contar a partir del día 30 de marzo de 2021.
Tras la Corrección de errores de este Decreto-ley 4/2021, publicada en el BOJA Extraordinario núm. 31 de 13 de abril de 2021, y entre otras, el plazo de presentación de solicitudes de la subvención recogida en el Capítulo II del Decreto-ley 4/2021 pasa a ser de 25 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA del extracto de la convocatoria y el Anexo I, en el que figura la relación de actividades económicas subvencionables, se sustituye por el que aparece en dicha Corrección de errores.
Además, se adjuntan los siguientes documentos: