JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE SALUD – ORDEN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2020, MODIFICACIÓN ORDEN DE 08/11/2020, MODULACIÓN NIVELES ALERTA 3 Y 4 COVID-19

Se adjunta Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que modifica la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicado en el BOJA Extraordinario núm. 81 de 23 de noviembre de 2020.

Esta Orden, que contiene un Artículo único, dispone la modificación de la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 por causa del COVID-19 en Andalucía.

Específicamente para el sector hostelero y turístico indica que los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30h, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas y que, igualmente, podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21.30h.

En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono u online y el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento.

Así mismo, el establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso, deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal o, cuando esto no sea posible, se procederá a la instalación de mostradores o mamparas.

En los establecimientos que dispongan de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos, el cliente podrá realizar los pedidos desde su vehículo en el propio establecimiento y proceder a su posterior recogida.

keyboard_arrow_up