Se adjunta Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA Extraordinario núm. 77 de 8 de noviembre de 2020).
En esta Orden aparecen las medidas dispuestas específicamente para Granada y su provincia que, a su entrada en vigor, se encuentra en el grado 2 del nivel 4 de medidas preventivas COVID-19 y que, por tanto, cual conlleva medidas de cierre o suspensión de actividades.
Su artículo 4 detalla las medidas del grado 2, que detalla la suspensión de la apertura al público de diferentes actividades (entre ellas la hostelería y restauración, entre otras…, con las excepciones que se indican en el citado artículo de la Orden).
Adicionalmente, se adjunta Cuadro-Resumen de las nuevas medidas en Andalucía como consecuencia de la pandemia de COVID-19.
Y también se adjunta Documento-Resumen que relaciona:
También se adjunta Corrección de errores de esta Orden publicada en el BOJA Extraordinario núm. 78 de 9 de noviembre de 2020.
Se adjunta también documento, elaborado por la Consejería de Salud y Familias, con aclaraciones sobre las excepciones a la suspensión de actividades o cierre adelantado (grado 2) vigente en Granada y su provincia.