Se adjunta Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, finalizado el estado de alarma en la provincia de Granada.
Publicada en el BOJA Extraordinario núm. 44 de 12 de mayo de 2021.
El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, reunido en Granada el 12 de mayo de 2021, resuelve:
– Declarar el Nivel de Alerta 3 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:
- Distrito Sanitario Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
– Mantener el Nivel de Alerta 3 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:
- Área Sanitaria Sur de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
- Área Sanitaria Nordeste de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
– Mantener el Nivel de Alerta 4 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:
- Distrito Sanitario Metropolitano de Granada en todos sus municipios (Anexo 2), excepto en Montefrío, donde al superarse una incidencia acumulada de 1.000 casos por 100.000 habitantes en 14 días con una población de más de 5.000 habitantes, se mantiene el nivel de alerta 4 y se declara el Grado 2 (Anexo 3).
Por tanto, en el Nivel de Alerta 3 se establecen las siguientes medidas:
Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:
- Mesas o agrupación de mesas máximo 4 personas en interior, 6 personas en espacios al exterior.
- Aforos: 50% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
- Se permite el servicio y el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
- Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad entre personas.
Para los SALONES DE CELEBRACIONES:
- En interiores, deben respetar un máximo del 50% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 100 personas en espacios cerrados, con un límite de 4 personas en interior.
- En exteriores se podrá ocupar la totalidad de las mesas, con un máximo de 250 personas y con un límite en las mesas de 6 personas en exterior.
- Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
- Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad interpersonal.
- NO se permite actuaciones musicales.
- NO se permite actividad de baile.
Por otro lado, en el Nivel de Alerta 4 se establecen las siguientes medidas:
Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:
- Mesas o agrupación de mesas máximo 4 personas en interior, 6 personas en espacios al exterior.
- Aforos: 50% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
- NO se puede consumir en barra.
- NO se puede realizar el servicio de buffet.
Para los SALONES DE CELEBRACIONES:
- En interiores, deben respetar un máximo del 30% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y un máximo de 50 personas en espacios cerrados, con un límite de 4 personas en interior.
- En exteriores se debe respetar un máximo del 50% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 75 personas y con un límite en las mesas de 6 personas en exterior.
- NO se permite el consumo en barra.
- NO se permite el servicio de buffet.
- NO se permite actuaciones musicales.
- NO se permite actividad de baile.
La adopción de los niveles de alerta sanitaria tendrán una duración de 7 días naturales, contados desde las 00:00 horas del 13 de mayo de 2021, y se acompañarán de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica parte de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto.