Se adjunta la siguiente información:
1.- JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS. Resolución de 16 de octubre de 2020, de la Delegación Territorial de Saud y Familias en Granada de la Junta de Andalucía, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública en la localidad de Granada como consecuencia de la situación epidemiológica por COVID-19 (BOJA Extraordinario núm. 66 de 16 de octubre de 2020). Incluye las medidas restrictivas a adoptar para establecimientos hosteleros y de restauración.
2.- AYUNTAMIENTO DE GRANADA. Bando Municipal del Ayuntamiento de Granada de 18 de octubre de 2020. Detalla las medidas restrictivas a adoptar para establecimientos hosteleros y de restauración.
Específicamente, en este Bando (y, por tanto, para los establecimientos de Granada Capital) se informa de la reducción de la capacidad máxima de mesas autorizadas para la terraza según licencia A LA MITAD y guardando siempre una distancia de 1,5 metros entre mesas-sillas diferentes. Esta medida se justifica porque la unidad de medida en las terrazas de Granada es la “Mesa” de tipología estándar (70×70; 4 pax).