Se adjunta Resolución de 22 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.
Publicada en el BOJA Extraordinario núm. 36 de 22 de abril de 2021.
El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, reunido en Granada el 22 de abril de 2021, resuelve:
– Se mantiene el Nivel de Alerta 4 Grado 1 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:
- Distrito Sanitario Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
- Distrito Sanitario Metropolitano de Granada en todos sus municipios (Anexo 1) salvo en Agrón, Albuñuelas, Campotéjar, Colomera, Domingo Pérez, El Valle, Escúzar, Fornes, Íllora, Montejícar, Montillana, Nigüelas, Salar, Zafarraya y Zagra (Anexo 2), que presentan una incidencia superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes y, por tanto, se declara en nivel de alerta 4 grado 2.
- Área Sanitaria Sur de Granada en todos sus municipios (Anexo 1), salvo Gualchos (Anexo 2) que presenta una incidencia superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes y, por tanto, se declara en nivel de alerta 4 grado 2.
- Área Sanitaria Nordeste de Granada en todos sus municipios (Anexo 1) salvo en Beas de Guadix, Castril, Darro, Huéscar, Orce (Anexo 2), que presentan una incidencia superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes y, por tanto, se declara en nivel de alerta 4 grado 2.
Por tanto, el mantenimiento del Nivel de Alerta 4 Grado 1 conlleva seguir respetando las siguientes medidas en la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:
- Abierta hasta las 20:00h.
- El reparto a domicilio se mantiene hasta las 23:30h, fijando un límite de pedidos hasta las 22:30h.
- Máximo 6 personas en espacios al aire libre y 4 personas en espacios cerrados.
- Los aforos para este nivel son del 30% en el interior y 75% en el exterior, es decir, en las terrazas al aire libre.
- NO se puede consumir en barra.
- NO se puede realizar el servicio de buffet.
Para el Nivel 4 Grado 2 (municipios recogidos en el Anexo 2 de la presente Resolución) se establece el cierre perimetral y el cierre de la actividad no esencial.
Dichas medidas surtirán efectos durante 7 días contados desde las 00:00 horas del 23 de abril de 2021. Estas medidas serán revisadas si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica.