JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERIA DE SALUD – RESOLUCIÓN DE 26 DE MAYO DE 2021, DELEGACIÓN TERRITORIAL SALUD GRANADA COVID-19

Se adjunta Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, finalizado el estado de alarma, en la provincia de Granada.

Publicada en el BOJA Extraordinario núm. 48 de 26 de mayo de 2021.

El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, reunido en Granada el 26 de mayo de 2021, resuelve:

– Mantener el nivel de alerta 3 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:

  • Distrito Sanitario Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
  • Distrito Sanitario Metropolitano de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
  • Área Sanitaria Sur de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).

– Mantener el nivel de alerta 2 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:

  • Área Sanitaria Nordeste de Granada en todos sus municipios (Anexo 2).

Por tanto, en el Nivel de Alerta 2 se establecen las siguientes medidas:

Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:

  • Mesas con un límite de 6 personas en interior, 8 personas en espacios al exterior.
  • Aforos: 75% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
  • Se permite el servicio y el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad entre personas.

Para los SALONES DE CELEBRACIONES:

  • En interiores, deben respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 200 personas en espacios cerrados, con un límite de 6 personas en interior.
  • En exteriores se podrá ocupar la totalidad de las mesas, con un máximo de 400 personas y con un límite en las mesas de 8 personas en exterior.
  • Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad interpersonal.
  • Se permiten actuaciones musicales de pequeño formato, siempre que se mantenga una distancia con el público de al menos tres metros.
  • NO se permite actividad de baile.

En el Nivel de Alerta 3 se establecen las siguientes medidas:

Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:

  • Mesas o agrupación de mesas máximo 4 personas en interior, 6 personas en espacios al exterior.
  • Aforos: 50% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
  • Se permite el servicio y el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad entre personas.

Para los SALONES DE CELEBRACIONES:

  • En interiores, deben respetar un máximo del 50% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 100 personas en espacios cerrados, con un límite de 4 personas en interior.
  • En exteriores se podrá ocupar la totalidad de las mesas, con un máximo de 250 personas y con un límite en las mesas de 6 personas en exterior.
  • Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad interpersonal.
  • NO se permite actuaciones musicales.
  • NO se permite actividad de baile.

Las presentes medidas surtirán efecto desde el 26 de mayo de 2021 hasta las 00:00 horas del 3 de junio de 2021, pudiendo dichas medidas ser revisadas si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica.

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