JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE SALUD – RESOLUCIÓN DE 7 DE JULIO 2021 DELEGACIÓN TERRITORIAL SALUD GRANADA COVID19

Se adjunta Resolución de 7 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, finalizado el estado de alarma en la provincia de Granada.

Publicada en el BOJA Extraordinario núm. 62 de 7 de julio de 2021.

El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de la provincia de Granada, reunido el 7 de julio de 2021, resuelve:

– Mantener el Nivel de Alerta 2 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:

  • Distrito  Sanitario Granada en todos sus municipios (Anexo 1 de la Resolución)
  • Distrito Sanitario Metropolitano de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).
  • Área Sanitaria Sur de Granada en todos sus municipios (Anexo 1).

– Mantener el Nivel de Alerta 1 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:

  • Área Sanitaria Nordeste de Granada en todos sus municipios (Anexo 2 de la Resolución).

Así las cosas, en el NIVEL DE ALERTA 2 se establecen las siguientes medidas:

Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:

  • Mesas con un límite de 6 personas en interior, 8 personas en espacios al exterior.
  • Aforos: 75% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
  • Se permite el servicio y el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad entre personas.

Para los SALONES DE CELEBRACIONES:

  • En interiores, deben respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 200 personas en espacios cerrados, con un límite de 6 personas en interior.
  • En exteriores se podrá ocupar la totalidad de las mesas, con un máximo de 400 personas y con un límite en las mesas de 8 personas en exterior.
  • Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad interpersonal.
  • Se permiten actuaciones musicales de pequeño formato, siempre que se mantenga una distancia con el público de al menos tres metros.
  • NO se permite actividad de baile.

Y en el NIVEL DE ALERTA 1 se establecen las siguientes medidas:

Para la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:

  • Mesas con un límite de 8 personas en interior, 10 personas en espacios al exterior.
  • Aforos: 75% en el interior y 100% en el exterior (terrazas).
  • Se permite el servicio y el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad entre personas y medidas de prevención sanitarias.

Para los SALONES DE CELEBRACIONES:

  • En interiores, deben respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 300 personas en espacios cerrados, con un límite de 8 personas en interior.
  • En exteriores se podrá ocupar la totalidad de las mesas, con un máximo de 500 personas y con un límite en las mesas de 10 personas en exterior.
  • Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido.
  • Se permite el servicio de buffet, con distancia de seguridad interpersonal y medidas de prevención sanitarias.
  • Se permiten actuaciones musicales de pequeño formato, siempre que se mantenga una distancia con el público de al menos tres metros.
  • Se permite actividad de baile en espacios exteriores con uso de mascarilla.

Las presentes medidas surtirán efecto durante 7 días, contados desde las 00:00 horas del 8 de julio de 2021, pudiendo dichas medidas ser revisadas si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica.

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