Se adjunta Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las subvenciones previstas en la Orden de 20 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR), publicada en el BOJA número 127 de 3 de julio de 2020.
Así mismo, se adjunta Extracto de la citada Orden (que supone información esquemática de la misma, también publicado en el mismo BOJA) y a la mencionada Orden con las bases reguladoras.
Resumen:
MODALIDADES DE SUBVENCIONES:
- Modalidad PYMETUR: crecimiento y consolidación de las empresas turísticas. Pueden solicitar esta modalidad de subvenciones las microempresas, pequeñas y medianas empresas (Pymes) andaluzas ya constituidas. A tal efecto, serán objeto de subvención aquellas inversiones de mejora y modernización de establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de apartamentos turísticos y casas rurales, viviendas turísticas de alojamiento rural, establecimientos relacionados con segmentos turísticos emergentes (turismo gastronómico, cultural, industrial, turismo de salud, turismo activo, entre otros) y con la industria del ocio y el entretenimiento que puedan tener una incidencia significativa en la atracción de turistas, agencias de viaje, servicios de información turística, creación de rutas, itinerarios y circuitos turísticos ligados a la gastronomía, la naturaleza, la cultura y el deporte, creación de productos turísticos e instalación, mejora de la accesibilidad y modernización de chiringuitos.
- Modalidad EMPRENTUR: creación de nuevas empresas turísticas. Pueden solicitar esta modalidad de subvenciones aquellas empresas de nueva creación que vayan a constituirse y se inscriban en el registro empresarial correspondiente, o en el caso de personas empresarias individuales autónomas, se den de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, con posterioridad a la solicitud de ayuda y con anterioridad a la fecha de la resolución de la misma, y siempre y cuando el proyecto se desarrolle en Andalucía. Serán objeto de subvención las actuaciones encaminadas a la creación, constitución y puesta en funcionamiento de nueva empresa turística en Andalucía: creación de establecimientos, nuevos productos, servicios y empresas innovadoras como las relacionados con actividades turísticas saludables y vinculadas con el bienestar de las personas, turismo cultural, el turismo gastronómico, entre otros, o relacionados con la industria del ocio y el entretenimiento que puedan tener una incidencia significativa en la atracción de turistas. No se podrán subvencionar las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
- Para Modalidad PYMETUR: Tratándose de microempresas y pequeñas empresas, hasta el 45% de la inversión aceptada; tratándose de medianas empresas, hasta el 35% de la inversión aceptada. En ambos casos, con el límite de 200.000 euros por solicitud y proyecto subvencionable. Para los gastos contemplados en el apartado 5.c).1.o, b) y f) del cuadro resumen de las bases reguladoras (trabajos de proyecto y dirección facultativa, y gastos de asesoramiento), la subvención podrá alcanzar el 50% de los gastos referenciados.
- Para Modalidad EMPRENTUR: hasta 50.000,00 euros.
El plazo de presentación de solicitudes para ambas modalidades de subvenciones es de 1 mes a contar desde el día siguiente a su publicación en BOJA (reiteramos, publicación 3 julio 2020).
Se adjunta documento del Servicio de Turismo de Granada con diferentes medios de contacto para obtener información en materia de subvenciones.
Para aquellos/as interesados/as en solicitar estas subvenciones, la Federación mantiene un acuerdo de colaboración con la empresa EVENTUALIA, especializada en gestión de expedientes de subvenciones y licitaciones, que podrá gestionar de manera integral tu subvención facturando a la empresa solicitante un porcentaje del importe finalmente obtenido.
Los datos de contacto de EVENTUALIA son:
EVENTUALIA
Contacto-Gerencia: Rosario Pallarés
Teléfono: 687 882 161
Correo: info@eventualia.net
Web: www.eventualia.net