JUNTA DE ANDALUCÍA, PRESIDENCIA – DECRETO DEL PRESIDENTE 8/2020, DE 29 DE OCTUBRE, MEDIDAS APLICACIÓN REAL DECRETO 926/2020 ESTADO ALARMA SARS-COV-2

Se adjunta Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Emitido por Presidencia de la Junta de Andalucía y publicado en el BOJA Extraordinario núm. 72 de 29 de octubre de 2020.

El Decreto, en sus diferentes artículos, determina diferentes aspectos:

  • Objeto.
  • Limitación de entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Limitación de la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Circulación en tránsito.
  • Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
  • Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.
  • Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto.
  • Flexibilización y suspensión de las limitaciones .
  • Limitación de entrada y salida en determinados ámbitos territoriales.

Específicamente, y en lo que a Granada se refiere, se restringe la entrada y salida de los municipios en toda la provincia desde las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020.

Entrada en vigor del Decreto: a las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020.

 

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